Tienes el informe del detective privado en la mano. Decenas de páginas con fotografías, horarios y descripciones de lo que se observó durante días o semanas. La pregunta que te hará tu abogado es directa: ¿tiene este informe todo lo que necesita para aguantar en juicio? No todos lo tienen, y cuando fallan, suelen hacerlo en el peor momento.

Qué debe incluir el informe del detective privado según la Ley 5/2014

La Ley 5/2014 de Seguridad Privada establece el marco legal que regula la actividad de los detectives en España. Para que el informe tenga validez jurídica, debe reflejar quién realizó la investigación, con qué encargo y cómo lo llevó a cabo.

Los elementos que no pueden faltar:

El detective solo puede actuar en espacios o situaciones accesibles al público. Cualquier prueba obtenida en el domicilio de la persona investigada, o mediante la interceptación de sus comunicaciones, no solo es inadmisible: puede generar responsabilidades penales para quien la encargó.

La ratificación del detective ante el juzgado

El informe, por sí solo, es un documento privado. Lo que le da valor como prueba en un procedimiento judicial es la ratificación: el detective comparece ante el juzgado, bajo juramento, y afirma que el contenido del informe es veraz y que él mismo realizó la investigación que en él se describe.

En ese momento actúa como testigo-perito. Testigo porque narra hechos que presenció. Perito porque aporta conocimiento técnico sobre la metodología que utilizó.

Sin ratificación, el informe puede servir como indicio, pero difícilmente como prueba plena. Es en esa comparecencia donde la prueba se consolida o se deshace.

Qué preguntas hace la parte contraria

El abogado de la otra parte va a intentar cuestionar la prueba. Las preguntas más habituales son:

Un detective que ha elaborado bien su informe puede responder a cada una de estas preguntas con datos concretos. Uno que no lo ha hecho va a tener problemas cuando el interrogatorio llegue a esas lagunas.

Los errores que invalidan el informe

La mayor parte de los informes que fallan en juicio presentan problemas en alguno de estos puntos.

El más grave: que el detective no tenga licencia en vigor. Si el número de TIP no aparece en el informe, o si estaba caducado cuando se realizó la investigación, la prueba cae entera. Antes de encargar la vigilancia, conviene verificar que el detective está habilitado.

La prueba obtenida en espacio privado es otro problema habitual. Un informe con imágenes tomadas en el interior de un domicilio tiene muchas papeletas de ser inadmitido. El artículo 18 de la Constitución protege la inviolabilidad del domicilio, y los tribunales aplican ese límite con rigor.

La identificación deficiente del investigado también deja el informe expuesto. Si no se puede acreditar que la persona de las fotos es quien se investigaba, la prueba no sirve para el fin para el que fue obtenida.

Las inconsistencias entre el texto y el material adjunto generan desconfianza en el juez. Fechas que no cuadran, horas que no encajan con la luz de las imágenes o localizaciones contradictorias: en juicio, cada incoherencia tiene más peso del que parece.

La cadena de custodia es un factor que los clientes suelen pasar por alto. Si no se puede demostrar que el material no ha sido manipulado desde su obtención hasta la vista oral, la parte contraria tiene argumento suficiente para impugnarlo.

Por último, el informe debe firmarlo el detective que realizó la vigilancia. Si lo firma un tercero, la ratificación pierde consistencia desde el primer momento del interrogatorio.

La coordinación con el abogado antes de empezar

Un informe de detective es una prueba diseñada para un uso concreto: acreditar unos hechos determinados en un procedimiento específico. Cuanto antes sepa el abogado que se va a encargar una investigación, mejor podrá orientar el encargo para que la prueba encaje con lo que el juzgado va a pedir.

El abogado sabe qué hechos necesita probar, en qué momento procesal debe presentar la prueba y qué estándar de certeza exige el tipo de procedimiento. Con esa información, el detective puede definir el objeto de la investigación en términos procesalmente útiles. Sin ella, puede documentar perfectamente lo que observa y aun así obtener una prueba que el juzgado no puede usar. Tienes más detalle sobre esta forma de trabajar en el artículo sobre la colaboración entre detective privado y abogado.

Si tienes dudas sobre si el informe que tienes, o la investigación que estás planteando, reúne los requisitos para su uso en juicio, en Detectives Sator podemos analizarlo contigo y coordinar el encargo con tu representación legal desde el principio.